Para realizar una importación de uso comercial, considerando que los productos se distribuirán masivamente a la población, se requerirá realizar los controles de calidad correspondientes por cada importación.
Si el producto a importar corresponde a un estupefaciente y/o psicotrópico, las entidades deberán solicitar previamente al ISP, en el mes de octubre de cada año, las previsiones de cuota para dichos productos, las que comenzarán a regir a partir del año siguiente, con esto se le asignará la cantidad que podrá importar durante ese periodo.