El Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), refuerza la Nueva Política Nacional de Medicamentos anunciada el lunes 7 de octubre por el Presidente Sebastián Piñera, mediante la fiscalización y la evaluación de las normativas vigentes para aumentar la disposición de medicamentos bioequivalentes que permitirán garantizar el acceso a los productos farmacéuticos más económicos.
El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) entregó un Estudio de Precios de Medicamentos, que detectó diferencias de más de 180 mil pesos entre medicamentos de marca y bioequivalentes, relativas a la experiencia del consumidor. Estos datos son tomados como base para hacer saber al usuario que debe exigir los medicamentos más económicos, y al mismo tiempo hacer más exhaustivas las inspecciones porque no se está cumpliendo la obligación de la disponibilidad de los equivalentes terapéuticos en su totalidad.
En cuanto a las fiscalizaciones, el ISP tiene la potestad de fiscalizar aquellos equivalentes terapéuticos que están asociados al Petitorio Mínimo que deben tener las farmacias para su funcionamiento de acuerdo al Decreto 466. No obstante, actualmente el Instituto está trabajando con el Ministerio de Salud para realizar las modificaciones adecuadas y pertinentes para ampliar el listado actual de principios activos.
“Estamos fiscalizando en terreno en relación a la exigencia de la presencia de bioequivalentes en las farmacias. Hay 215 productos farmacéuticos del petitorio mínimo, y de aquellos son 78 los que deben ser exigidos en las farmacias. De la muestra que hicimos hoy, al menos el 20% no está presente en las farmacias, por lo tanto no hay existencia de bioequivalentes y corresponde a una infracción” afirmó María Soledad Velásquez, Directora del ISP.
Por otro lado, las farmacias y los químicos farmacéuticos directores técnicos de éstas deben informar a sus clientes sobre la disponibilidad y todas las alternativas de productos bioequivalentes con las que cuentan a solicitud de los pacientes (Art. 34 D.S 466). De lo contrario, el Instituto tiene potestad sancionatoria sobre los establecimientos farmacéuticos que no cuenten con los medicamentos bioequivalentes que exige la ley, arriesgando la clausura y cese de autorización de las farmacias en caso que sea necesario.
Causales de Infracción al Código Sanitario:
• La falta de autorización para funcionar.
• Exhibición de medicamentos en góndolas sin autorización sanitaria.
• Falta del químico farmacéutico en el establecimiento por lo cual no existe un director técnico en el lugar junto al horario que debe cumplir.
• Carencia de precios en el etiquetado del producto farmacéutico.
• Falta de medicamentos bioequivalentes a disposición del público.
• Recetas de medicamentos controlados no se despachan en su debida forma.
• Saldos que no coinciden con el stock físico de medicamentos controlados.
• Ausencia en el registro de estupefacientes y psicotrópicos.
• Presencia de medicamentos vencidos, productos farmacéuticos que no cuentan con registro sanitario.
• Farmacias que ejercen fraccionamiento sin autorización y de una forma que no es la correcta.
• Incentivos de venta de un medicamento más caro por sobre el otro.
• Publicidad de productos de venta bajo receta médica.
Los establecimientos que se encuentren cerrados arriesgan multas de hasta 1.000 UTM, más de 49 millones de pesos. Las infracciones también pueden ser cursadas por la Secretaria Regional Ministerial de Salud (Seremi) respectiva o el ISP, según corresponda.