Instituto de Salud Pública

 

El Instituto de Salud Pública de Chile, informa que ha emitido una alerta, tras recibir la denuncia, de un usuario, sobre la emisión de una Resolución falsificada que autorizaría la CAPSULA SANITIZANTE OZONO 3000 mg/h de Eugene Biotech SpA, empresa que no existe como titular de registro sanitario. El ISP no entrega autorizaciones para la utilización de estas estructuras, tampoco autoriza la aplicación de productos desinfectantes sobre la piel. 
Los productos registrados en el ISP tienen el número del registro en su etiqueta, el cual puede ser verificado en el buscador registrosanitario.ispch.cl .  Asimismo, en el contexto de pandemia, el ISP ha autorizado de forma excepcional la venta y uso de productos sin registro previo, según lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto Supremo 157/2005,  donde se señala que,   en situaciones de emergencia sanitaria,  que signifiquen grave riesgo para la salud o la vida de las personas;  en que se requiera un pesticida, incluyendo desinfectantes de uso doméstico , de forma urgente, mediante decreto supremo se puede autorizar a través de una resolución fundada, la venta o uso provisional de productos de esta naturaleza. El listado de estos productos está disponible en:   https://www.ispch.cl/covid-19

El Instituto de Salud Pública de Chile (ISP), informa que ha emitido una alerta, tras recibir la denuncia, de un usuario, sobre la emisión de una Resolución falsificada que autorizaría la CÁPSULA SANITIZANTE OZONO 3000 mg/h de Eugene Biotech SpA, empresa que no existe como titular de registro sanitario. El ISP no entrega autorizaciones para la utilización de estas estructuras, tampoco autoriza la aplicación de productos desinfectantes sobre la piel. 

Los productos registrados en el ISP tienen el número del registro en su etiqueta, el cual puede ser verificado en el buscador registrosanitario.ispch.cl.  Asimismo, en el contexto de pandemia, el ISP ha autorizado de forma excepcional la venta y uso de productos sin registro previo, según lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto Supremo 157/2005, donde se señala que, en situaciones de emergencia sanitaria, que signifiquen grave riesgo para la salud o la vida de las personas;  en que se requiera un pesticida, incluyendo desinfectantes de uso doméstico, de forma urgente, mediante decreto supremo se puede autorizar a través de una resolución fundada, la venta o uso provisional de productos de esta naturaleza.

El listado de estos productos está disponible en: https://www.ispch.cl/covid-19