Instituto de Salud Pública

La autorización sanitaria o registro sanitario otorgado por el Instituto de Salud Pública (ISP) para los productos cosméticos, tiene la finalidad de garantizar su calidad, seguridad y eficacia, de manera que su uso no afecte la salud e integridad de las personas. En nuestro país, cualquier producto cosmético que se distribuya y comercialice debe contar con un registro sanitario, el que se concede en base al cumplimiento de los requisitos técnicos estipulados en el Decreto Supremo N° 239/02 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de Cosméticos. Entre estos requisitos están el cumplimiento a la definición de producto cosmético y a su finalidad, ser elaborados en establecimientos autorizados sanitariamente, incluir en su composición ingredientes permitidos y seguros para uso en cosméticos, cumplir con un control microbiológico, y justificar las promociones que se les atribuyen1. La manera por la cual se constata la autorización sanitaria de un producto es por medio del número de registro sanitario otorgado por el ISP, el cual debe ir incorporado en el rotulado del producto.

En la actualidad, existe una gran variedad y cantidad de productos cosméticos autorizados en nuestro país, los cuales pueden ser adquiridos en diferentes puntos de venta, incluyendo el comercio electrónico.

Es importante tener presente que, independiente de la vía por la cual se adquieran los productos cosméticos, siempre se debe constatar que cuenten con autorización sanitaria o registro sanitario, y tengan la información exigida por la normativa en el rotulado del producto. En el caso específico de venta por medio de plataformas electrónicas, en las cuales no es posible revisar el producto, y en base al derecho que tienen las personas al acceso a la información, según estipula la Ley 19496 que Establece Normas Sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, estas plataformas deberán reproducir toda la información del producto. Por otra parte, no se podrá promocionar o publicitar atributos que no estén justificados y no correspondan a su finalidad cosmética1.

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) publicó, el 18 de enero de este año, el “Estudio descriptivo sobre disponibilidad de información relacionada a productos de cuidado facial comercializados en plataformas electrónicas” que hace referencia al rotulado de productos cosméticos vendidos de manera online. En este informe se señalan altos índices de incumplimiento de entrega de información. Del total de los productos analizados, uno de los incumplimientos más reiterados es la omisión del Registro ISP (99%), seguido por la ausencia de las precauciones de almacenamiento (97%), las advertencias de uso (89%) y los ingredientes que componen el producto (86%)2.

Pese a los esfuerzos realizados por el ISP para el control de los productos cosméticos a través de su rol fiscalizador, de los canales disponibles para la recepción e investigación de denuncias y para la notificación de sospechas de reacciones adversas asociadas a los cosméticos, además de la colaboración con el Servicio Nacional de Aduanas para evitar el ingreso de productos destinados a la comercialización que no tengan autorización sanitaria, en nuestro país siguen detectándose incumplimientos en la reglamentación, falsificación y distribución de productos sin autorización sanitaria, incautándose cada año una gran cantidad de productos.

Cuando un producto cosmético no cuenta con registro sanitario, su distribución y comercialización son consideradas ilegales, por lo que su adquisición y uso están prohibidos, además que pueden ser riesgosos y un peligro para la salud.

Por lo anterior, el ISP, como autoridad sanitaria que promueve y protege la salud de la población, reitera la importancia de adquirir cosméticos que cuenten con registro sanitario, ya que, de lo contrario, existe un riesgo para la salud del adquiriente-usuario.

Los productos cosméticos sin registro sanitario no proporcionan garantía de su seguridad, calidad y eficacia.

En consideración a lo anterior, el ISP entrega las siguientes recomendaciones:

  • Utilice siempre productos con autorización sanitaria. Para su verificación, puede consultar en la página web del ISP (https://www.ispch.gob.cl/anamed/cosmeticos/base-de-datos-cosmeticos-registrados-y-notificados/)
  • Evite adquirir productos cosméticos en lugares de venta no establecidos, en los cuales se perciba que no se cumplan las condiciones de almacenamiento, o en los cuales se visualice que el envase ha sido adulterado o se encuentre en mal estado, ya que hay riesgo de que no se cumplan las condiciones de almacenamiento necesarias para mantener las propiedades de los ingredientes del cosmético, y en general del mismo producto.
  • En el caso de adquirir productos a través de plataformas de comercio electrónico, se promocione o no, verifique que cuentan con autorización sanitaria en la página web del ISP, señalada más arriba.
  • Si detecta venta ilegal productos cosméticos, realice la denuncia al ISP en el portal denuncias (https://www.ispch.gob.cl/anamed/portal-de-denuncias/

DRA. MARÍA JUDITH MORA RIQUELME

DIRECTORA (S)

INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA DE CHILE

Bibliografía:
  1. Aprueba el Reglamento del sistema nacional de control de cosméticos. Decreto Supremo N° 239/02. Disponible en: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=211455
  2. Informe SERNAC, dic 2023. Disponibilidad de información relacionada a productos de cuidado facial comercializados en plataformas electrónicas. Disponible en : https://www.sernac.cl/portal/604/w3-article-78747.html (consultada 12/03/2024)